☑ En caso de ser inversor:
– O bien comprar uno o varios inmuebles en España por valor superior a 500.000 euros
– O bien adquirir acciones de empresa por valor de 1 millón de euros; o realizar un depósito bancario por la misma cantidad
– O bien adquirir 2 millones de euros de deuda pública española
☑ En caso de ser emprendedor, disponer de un proyecto empresarial y demostrar solvencia para iniciar el proyecto en España
Para la concesión de este tipo de visados de residencia para inversores habrá tenido que hacerse dicha inversión y acreditarla en un periodo no superior a los 60 días anteriores a la presentación de la solicitud
☑ Impreso de solicitud EX-02
☑ Pasaporte completo
☑ Documentación acreditativa de la realización de la inversión inicial: Escritura/s de compraventa de inmueble o certificado de titularidad y de saldos en banco, entre otros documentos.
☑ Seguro médico privado
☑ Otra documentación requerida por la Unidad de Grandes Empresas (UGE)
☑ Inicio de solicitud: Por el interesado, personalmente o a través del representante
☑ Lugar de presentación: Ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE)
☑ Si es por medio de visado: 80,00 euros
☑ Si es por medio de solicitud de autorización: 71,81 euros
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