☑ No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea
☑ No encontrarse irregularmente en territorio español
☑ Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen
☑ No tener prohibida la entrada en España
☑ Contar con un seguro privado de enfermedad
☑ Haber abonado la tasa por tramitación del procedimiento
☑ Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia
☑ Disponer de vivienda adecuada
☑ Haber residido en España durante un año como mínimo de manera regular
☑ Impreso de solicitud EX-02
☑ Pasaporte completo del reagrupante
☑ Documentación que acredite que cuenta con empleo y/o recursos económicos
☑ Documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada
☑ Pasaporte completo y en vigor del reagrupado
☑ Documentación acreditativa de los vínculos familiares o de parentesco
☑ Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria
☑ Inicio de solicitud: El reagrupante, personalmente o a través del representante
☑ Lugar de presentación: Por medio de profesional o en Oficina de Extranjería
☑ Será satisfecha con carácter previo
☑ Plazo de resolución: 45 días
☑ Modelo 790 052 2.1 Autorización inicial de residencia temporal
Importe: 10,94 €
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